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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005578

¿Los modelos 650 y 650-V se pueden presentar telemáticamente?



Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 12/12/2015

El modelo 650 podrá presentarse en forma telemática en el caso de:

autoliquidaciones sin cuota a ingresar, que además cuenten con el respaldo de un documento notarial en el que se constate la realización del hecho imponible.

El modelo 650-V deberá presentarse en soporte papel.

Los obligados tributarios que hubieran realizado la presentación telemática no podrán, con posterioridad, modificar o anular la autoliquidación inicial con una nueva presentación por medios telemáticos, todo ello, sin perjuicio de los procedimientos de rectificación previstos en la normativa tributaria.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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