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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005526

¿Qué tipo de garantías existen?



La persona interesada ofrecerá garantía en forma de aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o mediante certificado de seguro de caución.

Cuando no sea posible obtener dicho aval o certificado, se podrá admitir alguna de las siguientes garantías:

  • Hipoteca inmobiliaria unilateral.
  • Hipoteca mobiliaria unilateral.
  • Prenda con o sin desplazamiento unilateral.
  • Cualquier otra que se estime suficiente.

Las garantías exigibles en las suspensiones por recursos de revisión o reclamaciones se regularán por lo dispuesto en el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por medio del Decreto Foral 228/2015, de 27 de diciembre.

Artículo 35 del RRTHB (249 KB)


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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