www.bizkaia.eus/guregida

Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005419

¿Qué tratamiento debe darse, en el IVA, a empresarios establecidos fuera del territorio español de aplicación del impuesto que quieran vender, sin establecimiento permanente, sus productos en mercadillos callejeros?



Tienen el tratamiento de sujetos pasivos no establecidos que realizan operaciones sujetas en España.

Si están establecidos en otros Estados miembros de la Comunidad, en Canarias, Ceuta, Melilla o en Estados con los que existan instrumentos de asistencia mutua análogos a los instituidos en la Comunidad, no tendrán que nombrar representante.

Enlaces

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

Volver

 

enviar por e-mail