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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005418

Servicio técnico sobre bienes muebles realizado en España por un sujeto pasivo de un Estado miembro para un empresario establecido (NIF español). ¿Quién es el sujeto pasivo?



Si el destinatario es un empresario o profesional establecido en este territorio, el servicio se considera prestado en territorio español, siendo sujeto pasivo por inversión el destinatario en el supuesto de que el prestador no esté establecido en territorio español.

Si el destinatario no fuese empresario o profesional a efectos del IVA, el servicio se localizará en territorio español cuando se preste materialmente en este territorio, siendo el sujeto pasivo el empresario que presta el servicio.

Normativa/Doctrina: Consulta Vinculante de la D.G.T.: V 1923 - 10, de 07 de septiembre de 2010.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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