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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005395

A un arquitecto se le encarga exclusivamente la realización de un proyecto ¿Cuándo se entenderá devengado el IVA?



El IVA se devenga en el momento en que se efectúe el servicio, es decir, cuando el citado proyecto se ponga a disposición del cliente.

En caso de la existencia de pagos anticipados el IVA se devengará en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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