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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005381

Un promotor ante la imposibilidad de vender los pisos que ha construido opta por arrendarlos con opción de compra. ¿Deben tributar por IVA estos arrendamientos?



Para saber si un arrendamiento con opción de compra está exento o no, debemos seguir el mismo criterio que se aplica en las transmisiones de viviendas (primeras o segundas o ulteriores entregas).

En este caso, si se hubiera tratado de la venta de las viviendas estaríamos ante una primera entrega sujeta y no exenta al impuesto, por tanto, el arrendamiento con opción de compra estaría sujeto y no exento.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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