Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005367
Para que las operaciones estén sujetas al impuesto deben ser realizadas en el ámbito espacial del impuesto que es el territorio español.
Se incluirán las islas adyacentes, el mar territorial hasta las doce millas náuticas y el espacio aéreo correspondiente a dicho ámbito.
Por tanto, el impuesto se aplica en la Península e Islas Baleares, quedando excluidos del ámbito de aplicación Canarias, Ceuta y Melilla.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.