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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005265
Funcionamiento general del impuesto
En la aplicación del impuesto, en términos generales, los empresarios o profesionales:
- Repercuten las cuotas de IVA por sus ventas o prestaciones de servicios a los adquirentes o destinatarios que correspondan, con obligación de ingresarlas en Hacienda.
- Por sus adquisiciones soportan cuotas que tienen derecho a deducir en sus autoliquidaciones periódicas.
- En las autoliquidaciones periódicas se declara el IVA repercutido a los clientes, restando de éste el IVA soportado en las compras y adquisiciones a los proveedores, pudiendo ser el resultado positivo o negativo.
En el caso de que el resultado sea positivo debe ingresarse en Hacienda.
En la declaración presentada al final del ejercicio, si el resultado es negativo se podrá optar por:
- Solicitar la devolución.
- Compensar el saldo negativo en las declaraciones de ejercicios siguientes.
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Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
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