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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005255

Obligaciones formales en el régimen especial simplificado de IVA



Los empresarios acogidos al Reg. Simplificado de IVA deben cumplir las siguientes obligaciones formales:

  • De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 205/2008, deben llevar y conservar un único libro, denominado Libro Registro de Operaciones Económicas, que viene a sustituir a los libros anteriores, establecidos en el art. 62 del Real Decreto 1624/1992 del Reglamento de IVA.
  • Además deberán conservar los justificantes de los índices o módulos aplicados.
  • A efectos de IRPF, están obligados a expedir factura y copia de ésta por las operaciones que realicen en el desarrollo de su actividad en los términos previstos en el Reglamento de facturación, con independencia de que estén acogidos al régimen simplificado del IVA.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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