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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005166

Plazos. Persona que se da de alta en el censo



Declaración de inicio

Un mes desde el inicio efectivo de la actividad. Es con esta presentación cuando se realizan todas las opciones tributarias:

  • Prorrata especial (en el inicio previo o en el inicio efectivo).
  • Opción por la modalidad simplificada del IRPF.
  • Renuncia al régimen simplificado del IVA.
  • Renuncia al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA.
  • Opción por la modalidad del margen de beneficio global REBU.
  • Opción del método de determinación de la B.I. en el régimen especial de las agencias de viaje.
  • Opción por el régimen general para los establecimientos permanentes no residentes.

Declaración de inicio previo de la actividad

Un mes desde que se inicie la adquisición de bienes y servicios con la intención de destinarlos al desarrollo de su actividad.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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