Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005141
En el programa de ayuda tenemos una pestaña en la pantalla de “Liquidación-Cálculo de la Cuota Efectiva” en la que el obligado tributario tendrá que cumplimentar todas y cada una de las reducciones que tiene que integrar por haber incumplido alguno de los requisitos de los artículos 51, 52 o/y 53.
Consignará el ejercicio en el que se produjo la reducción en Base Imponible, el artículo al que correspondía la reducción: 51, 52 o 53, el motivo del incumplimiento (dependiendo de cada artículo tendrá la opción que le corresponda), el importe de la reducción que ahora debe integrar, el interés o recargo que le marca la normativa y la suma de las dos anteriores, que será el total que deba reintegrar.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.