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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005132
¿Qué requisitos hay que cumplir para ser considerada “sociedad patrimonial” en el Impuesto de Sociedades?
Hasta el ejercicio 2013, las sociedades patrimoniales estaban reguladas dentro de los Regímenes Especiales. A partir del 2014, en cambio, las sociedades patrimoniales están integradas en el Régimen General.
De acuerdo con el artículo 14.1 de la Norma Foral 11/2013, del Impuesto sobre Sociedades, tendrán la consideración de sociedades patrimoniales los contribuyentes en los que concurran las circunstancias siguientes:
- Que, al menos durante noventa días del periodo impositivo, más de la mitad de su activo esté constituido por valores o que más de la mitad de su activo no esté afecto a actividades económicas.
Para determinar si existe actividad económica o si un elemento patrimonial se encuentra afecto a la misma, se estará a lo dispuesto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Que los socios que representen, al menos, el 75 por 100 de la participación en el capital o de los derechos de voto de la entidad, sean personas físicas, entidades que tengan la consideración de sociedades patrimoniales u otras entidades vinculadas con las citadas personas físicas o entidades en los términos establecidos en el artículo 42 de esta Norma Foral, debiendo cumplirse este requisito durante todo el período impositivo.
- Que, al menos, el 80 por 100 de los ingresos de la entidad procedan de las fuentes de renta siguientes:
- Las referidas en el artículo 63 de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Las derivadas de la explotación de los bienes a que se refieren las letras c) y d) del apartado 2 .
- Las que se correspondan con ingresos derivados de la cesión a terceros de capitales propios o de prestaciones de servicios, cuando el cesionario o el destinatario sea una persona o entidad vinculada con el contribuyente en los términos establecidos en el artículo 42 de esta Norma Foral, siempre que estas operaciones no se efectúen a través de la organización de medios personales y materiales de que disponga la entidad y resulten proporcionados para las mismas.
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Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
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