www.bizkaia.eus/guregida

Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005132

¿Qué requisitos hay que cumplir para ser considerada “sociedad patrimonial” en el Impuesto de Sociedades?



Hasta el ejercicio 2013, las sociedades patrimoniales estaban reguladas dentro de los Regímenes Especiales. A partir del 2014, en cambio, las sociedades patrimoniales están integradas en el Régimen General.

De acuerdo con el artículo 14.1 de la Norma Foral 11/2013, del Impuesto sobre Sociedades, tendrán la consideración de sociedades patrimoniales los contribuyentes en los que concurran las circunstancias siguientes:

  1. Que, al menos durante noventa días del periodo impositivo, más de la mitad de su activo esté constituido por valores o que más de la mitad de su activo no esté afecto a actividades económicas.
    Para determinar si existe actividad económica o si un elemento patrimonial se encuentra afecto a la misma, se estará a lo dispuesto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  2. Que los socios que representen, al menos, el 75 por 100 de la participación en el capital o de los derechos de voto de la entidad, sean personas físicas, entidades que tengan la consideración de sociedades patrimoniales u otras entidades vinculadas con las citadas personas físicas o entidades en los términos establecidos en el artículo 42 de esta Norma Foral, debiendo cumplirse este requisito durante todo el período impositivo.
  3. Que, al menos, el 80 por 100 de los ingresos de la entidad procedan de las fuentes de renta siguientes:
    • Las referidas en el artículo 63 de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
    • Las derivadas de la explotación de los bienes a que se refieren las letras c) y d) del apartado 2 .
    • Las que se correspondan con ingresos derivados de la cesión a terceros de capitales propios o de prestaciones de servicios, cuando el cesionario o el destinatario sea una persona o entidad vinculada con el contribuyente en los términos establecidos en el artículo 42 de esta Norma Foral, siempre que estas operaciones no se efectúen a través de la organización de medios personales y materiales de que disponga la entidad y resulten proporcionados para las mismas.
Enlaces

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

Volver

 

enviar por e-mail