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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005131

¿Cómo se puede aplicar “la compensación tributaria de las microempresas” en el programa de ayuda?



De acuerdo con el artículo 32.4 de la Norma Foral 11/2013, del Impuesto sobre Sociedades, para todos los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2025, las microempresas podrán deducir de su base imponible un importe equivalente al 15%(*) de su base imponible positiva, previa a la aplicación de la compensación. A estos efectos, no se tendrán en cuenta dentro de la base imponible ni las rentas positivas objeto de imputación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 o en la disposición adicional vigésimo cuarta de esta Norma Foral, ni las que derivan de lo previsto en el Capítulo III del Título VI.

Esta partida tendrá contenido, siempre y cuando se haya marcado la partida “Microempresas compensación tributaria” de la pantalla “Caracteres del declarante”.

 

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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