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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004972

Rentas inmediatas, que no hayan sido adquiridas por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.



En este caso, el rendimiento de capital viene determinado por la aplicación de un porcentaje a la anualidad percibida, que nos determina la parte de la renta percibida que es recuperación de la inversión y la parte que es rendimiento de capital mobiliario.

a) Rentas vitalicias

Son aquellas cuya duración no tiene un plazo prefijado, sino que se constituyen sobre la vida de una persona.

En estos casos, el porcentaje aplicable a cada anualidad depende de la edad del rentista en el momento de constitución de la renta, permaneciendo invariable a lo largo de la duración de la misma. Los porcentajes aplicables son los siguientes:

  • 40 por cien, cuando el perceptor tiene menos de 40 años.
  • 35 por cien, cuando el perceptor tiene entre 40 y 49 años
  • 28 por cien, cuando el perceptor tiene entre 50 y 59 años.
  • 24 por cien, cuando el perceptor tiene entre 60 y 65 años.
  • 20 por cien, cuando el perceptor tiene entre 66 y 69 años
  • 8 por cien, cuando el perceptor tiene 70 años o más.

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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