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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004550

Un residente en Bizkaia durante el año ha trabajado más de 183 días para empresas diversas en el extranjero que le han contratado temporalmente. ¿Cómo y dónde debe tributar? ¿Puede aplicar la exención por trabajos en el extranjero?



Si el contribuyente no acredita residencia fiscal en el extranjero, seguirá siendo contribuyente de Bizkaia y estará sometido a la normativa fiscal vizcaína por su renta mundial sin perjuicio de lo establecido por los convenios sobre doble imposición suscritos por España.

Podrá aplicar la exención por trabajos en el extranjero siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos en la normativa de IRPF y sus disposiciones de desarrollo.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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