Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004550
Si el contribuyente no acredita residencia fiscal en el extranjero, seguirá siendo contribuyente de Bizkaia y estará sometido a la normativa fiscal vizcaína por su renta mundial sin perjuicio de lo establecido por los convenios sobre doble imposición suscritos por España.
Podrá aplicar la exención por trabajos en el extranjero siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos en la normativa de IRPF y sus disposiciones de desarrollo.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.