Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004548
Habrá que estar a lo establecido en los convenios para evitar la doble imposición internacional.
Por ejemplo: un residente en Bizkaia ha trabajado dos meses en Londres, cobrando un salario abonado por la empresa londinense.
Si de acuerdo con el convenio estas rentas deben ser sometidas a imposición en el Reino Unido, al efectuar la declaración de renta en Bizkaia, podrá deducirse el impuesto satisfecho en Reino Unido sin que pueda deducirse una cantidad superior a lo que habría tributado en España (en Bizkaia concretamente) si los rendimientos se hubieran obtenido aquí.
Sin embargo, si el convenio establece que dichas remuneraciones solo pueden someterse a imposición en España deberá solicitarse la devolución al Reino Unido.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.