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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004529

Contribuyente, residente fiscal en Bizkaia que, entre otras, cobra una pensión procedente de un país extranjero, causada por haber trabajado allí. ¿Cómo tributa esta pensión?



Al ser una renta procedente del extranjero habrá que tener en cuenta si existe convenio internacional sobre doble imposición suscrito entre España y el país de origen de esa renta o no.

Pensión procedente de un país con el que SÍ existe Convenio para evitar la doble imposición

Hay que acudir a las disposiciones del Convenio para conocer la potestad tributaria de cada Estado sobre la pensión y, en su caso, las medidas aplicables para paliar la doble imposición.

Los convenios enumeran unos tipos de rentas y disponen, respecto de cada una de ellas, las potestades tributarias que corresponden a cada Estado firmante:

  1. en unos casos, potestad exclusiva para el país de residencia del contribuyente,
  2. en otros, potestad exclusiva para el país de origen de la renta y,
  3. finalmente, en algunos supuestos, potestad compartida entre ambos países, pudiendo ambos gravar la misma renta pero con la obligación para el país de residencia del contribuyente de arbitrar medidas para evitar la doble imposición.
Pensión procedente de un país con el que NO existe convenio para evitar la doble imposición

Si la pensión es gravada también en el país de origen, el contribuyente podrá aplicar la deducción por doble imposición internacional prevista en la NF 13/2013 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

En general y sin perjuicio de lo dispuesto en el convenio sobre doble imposición con el país extranjero, las pensiones del sector privado, incluidas las de la seguridad social derivadas del trabajo en el sector privado, solo podrán gravarse en el estado de residencia.

Por lo tanto esta pensión tributará en Bizkaia como rendimientos de trabajo siempre y cuando el contribuyente tenga obligación de declarar según la normativa de Bizkaia.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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