Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004496
La podrá calcular como hasta ahora aplicando las reglas establecidas en el art. 47 de la Norma Foral de IRPF 13/2013, o aplicar un régimen opcional, que establece un gravamen especial del 3% al valor de la transmisión de la totalidad de los títulos transmitidos siempre que el importe total en cada ejercicio no supere los 10.000€.
Artículo 47 y DA 24ª Norma Foral 13/2013.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.