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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004492

Estoy iniciando mi actividad económica, ¿tengo alguna reducción por ello a la hora de calcular el rendimiento neto de la misma?



Hay una reducción del 10% sobre el rendimiento neto positivo para las actividades económicas nuevas, en el primer período impositivo con rendimiento neto positivo y en el período impositivo siguiente, siempre que el primer período impositivo en que se obtenga dicho rendimiento neto positivo tenga lugar en los 5 primeros años desde el inicio de la actividad.

Sin embargo, no será de aplicación esta reducción en el período impositivo en el que más del 50% de los ingresos derivados de la actividad económica iniciada procedan de una persona o entidad en la que el contribuyente hubiera obtenido rendimientos de trabajo en el año anterior a la fecha de inicio de la actividad.

Artículo 25.5 Norma Foral 13/2013.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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