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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004405

¿Cómo se cumplimenta los gastos no deducibles por relaciones públicas de servicios de restauración, hostelería, viajes y desplazamientos?



De acuerdo con el artículo 31.2.a, por este concepto únicamente serán deducibles el 50% de los gastos contabilizados con el límite del 5% del volumen de operaciones. Por tanto,Asimismo, es necesario que se haya consignado el volumen de operaciones de la entidad en el apartado “Volumen de operaciones y porcentaje de tributación” en la pantalla “Resultado a ingresar o a devolver” de la “Liquidación” del impuesto, para que al aplicar el 5% sobre ese importe, el resultado sea el correcto.

Si se intenta cumplimentar estos gastos no deducibles sin haber consignado el volumen de operaciones previamente, en la partida “Límite máximo conjunto del 5% del volumen de operaciones” de esa misma pantalla tendrán un link (3 puntos rojos a la derecha) para ir a la pantalla en la que introducir el importe del volumen de operaciones.

En esa pantalla del volumen de operaciones también es necesario cumplimentar si la tributación es 100% en Bizkaia o conjunta con otros territorios.

 

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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