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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004404

¿Cómo se consignan los importes de “gastos no deducibles fiscalmente” de acuerdo con el artículo 31 de la Norma Foral 11/2013?



Hasta el ejercicio 2012, esos importes se consignaban manualmente dentro de la partida correspondiente en la pantalla de “Correcciones al resultado de la cuente de pérdidas y ganancias”.

A partir del 2013, para consignar los importes hay que entrar a una pantalla específica a través del botón que hay en la partida de la pantalla de correcciones al resultado.

En esa nueva pantalla se distinguen 7 tipos de gastos no deducibles fiscalmente que requerirán mayor o menor información. Esos 7 tipos son:

  • Gastos por relaciones públicas de servicios de restauración, hostelería, viajes y desplazamientos.
  • Gastos por regalos y demás obsequios y por sobornos.
  • Gastos derivados de la utilización de automóviles de turismo y sus remolques, ciclomotores y motocicletas.
  • Gastos por intereses de préstamos participativos.
  • Dotaciones a provisiones o fondos internos para la cobertura de pensiones.
  • Otros gastos fiscalmente no deducibles.

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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