Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004398
Se admitirán las anualidades siempre que haya una decisión judicial que las ampare. Si la decisión judicial ratifica el convenio, se admitirá desde la fecha del convenio.
Por el abono de anualidades por alimentos podrá aplicarse una deducción del 15%, con el límite, para cada hijo, del 30% del importe que corresponda de la deducción por descendientes para cada uno de los mismos.
Ejemplo: Supongamos que tengo dos hijos a los que por decisión judicial abono 5.000€ en el año 2022 en concepto de anualidades por alimentos:
15% 5.000= 750€
Como 750€ es superior a 428,40€ operaría el límite y por tanto la deducción por anualidades sería de 428,40€.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.