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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004381

¿Quién puede practicar la deducción por discapacidad?



La deducción la puede practicar la propia persona discapacitada (siempre que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%), su cónyuge o pareja de hecho, o los familiares de los que dependa.

Cuando la persona con discapacidad presente declaración por el IRPF podrá optar entre aplicarse en su totalidad la deducción o que se la practique en su totalidad el contribuyente de quién dependa. En el caso de que se opte por esta segunda posibilidad y la persona con discapacidad dependa de varios contribuyentes, la deducción se prorrateará y practicará por partes iguales por cada uno de estos contribuyentes.

Los familiares (descendiente, ascendiente, pariente colateral hasta el cuarto grado inclusive) pueden aplicarse la deducción siempre que la persona con discapacidad:

  • Tenga un grado de discapacidad que de derecho a deducción (a partir del 33%).
  • Dependa/conviva con el contribuyente.
  • No obtenga rentas anuales (sin incluir las exentas), superiores al doble del salario mínimo interprofesional cualquiera que sea su edad.

Otras personas no familiares también pueden aplicarse la deducción si conviven con discapacitados de edad igual o superior a 65 años siempre que el discapacitado no obtenga rentas anuales (sin incluir las exentas) superiores al doble del salario mínimo interprofesional.

También podrá aplicar la deducción cuando la persona afectada por la discapacidad o dependencia esté vinculada al contribuyente por razones de tutela o acogimiento, siempre que este no obtenga rentas anuales (sin incluir las exentas), superiores al doble del salario mínimo interprofesional cualquiera que sea su edad.

Personas discapacitadas con grado igual o superior al 65 por 100, serán de aplicación a las personas con discapacidad, que estén sujetos a curatela con facultades de representación, aunque no alcance dicho grado.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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