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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004372

¿Qué tratamiento fiscal tiene la transmisión de vivienda habitual?



La transmisión producirá una ganancia o una pérdida de la Base del ahorro

Podrán excluirse de gravamen las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente, siempre que el importe total obtenido de la transmisión se reinvierta en la adquisición de una nueva vivienda habitual.

Si se ha utilizado financiación ajena, a los únicos efectos de determinar si se ha producido la reinversión, se podrá minorar del importe de la transmisión la cantidad de préstamo pendiente de amortizar en el momento de la transmisión

La reinversión puede ser parcial: si el importe reinvertido es inferior al total de lo percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a la cantidad reinvertida.

Ejemplo:
  • Capital pendiente del préstamo de la vvda habitual: 40.000€
  • Dinero obtenido por la venta de la vvda habitual: 200.000€
  • Precio adquisición de la nueva vvda habitual:150.000€
  • (200.000€ - 40.000€)-150.000€= 10.000€

NO estarán exentos de gravamen (los 150.000 € reinvertidos SÍ que estarán exentos)

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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