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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004332

En enero de 2014 la empresa rebaja un 5% del sueldo a sus trabajadores y éstos reclaman judicialmente y en 2017 una Sentencia Judicial firme condena a pagar el recorte efectuado (2.000 € en total) y que corresponde a 30 meses ¿Cómo debe tributar si la empresa le paga 1.000 € en 2017 y 1.000 € en 2019?



La cantidad total percibida se imputará al ejercicio de la Sentencia judicial firme, en este caso en el ejercicio 2017.

Como el periodo de generación (contado de fecha a fecha) es superior a 2 años (han sido 30 meses) podrá imputarse el rendimiento al 60%. Si hubiera sido 5 años se lo podría imputar al 50%.

En este caso, cuando haga la declaración de 2017 incluirá los 1.000 € devengados y percibidos y los podrá integrar al 60%.

Cuando en 2019 perciba los 1.000 € restantes volverá a hacer una declaración complementaria del ejercicio 2017 (integrándose como en el caso anterior el rendimiento al 60%).

Las imputaciones al 60% o al 50% tienen el límite de 300.000 €.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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