Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004331
En la declaración de 2020 el contribuyente tiene derecho a imputarse exclusivamente por las cantidades percibidas en el ejercicio. En este caso 15.000 €.
Cuando en el ejercicio 2021 cobre las cantidades pendientes 5.000 € tendrá que hacer una declaración complementaria (sin intereses de demora ni recargos) del ejercicio 2020. El plazo para hacer esta declaración acaba a la fecha de finalización del periodo voluntario de presentación de la renta siguiente (en este caso 30 junio de 2022).
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.