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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004289

¿Quién debe presentar la declaración en la DFB?



  • Las personas físicas que tengan su residencia habitual en Bizkaia.
  • Personas residentes en el Estado español que permaneciendo en el País Vasco más días del período impositivo, el número de días que permanezca en Bizkaia sea superior al que permanezca en cada uno de los otros dos Territorios Históricos.

    Para determinar el periodo de permanencia se computarán las ausencias temporales.

Ejemplo: una persona ha estado residiendo del 1/1/2021 al 1/09/2021 en Bilbao y del 1/09/2021 hasta el 31/12/2021 en Castro. Todos los fines de semana y en sus vacaciones de junio estuvo residiendo también en Castro. ¿Dónde tributará en 2021?

  • En 2021 ha estado 8 meses residiendo en Bilbao (los fines de semana y las vacaciones se consideran ausencias temporales) y por tanto será contribuyente en Bizkaia.
  • Las ausencias por residencia en el extranjero se considerarán ausencias temporales salvo que acrediten su condición de residentes fiscales en otro país (tienen que tener la carta de residencia en dicho país). Se deben tener en cuenta en todo caso lo dispuesto en los convenios de doble imposición si los hubiera.
  • Cuando los contribuyentes integrados en una unidad familiar tuvieran su residencia habitual en territorios distintos y optasen por la tributación conjunta tributarán a la Diputación Foral de Bizkaia cuando tenga su residencia habitual en este territorio el miembro de la unidad familiar con mayor base liquidable. Si alguno de ellos no es residente fiscal en el estado español no pueden optar a la tributación conjunta.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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