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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004128

Cuando ya se ha presentado el Modelo 720 en un año anterior, y se pierde o extingue la titularidad sobre los activos declarados ¿Debe presentarse nuevamente el citado Modelo 720, con independencia de cuál sea el valor de los citados activos a esa fecha?



En el caso de venta o pérdida de la titularidad sobre las cuentas, bienes o derechos consignados previamente en el Modelo 720, debe declararse la pérdida de la titularidad sobre los mismos, con independencia de cuál sea su valor a esa fecha.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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