Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004115
En el supuesto planteado, el contribuyente deberá declarar, de un lado, la adquisición en 2010 del 50 por 100 del inmueble valorado en ese momento en 200.000, indicando su porcentaje de propiedad sobre él, y la adquisición en 2013 del otro 50 por 100 de la finca valorada en 240.000 euros, especificando el porcentaje adquirido en ese momento.
Artículo 65 ter, Decreto Foral 205/2008, de obligaciones tributarias formales (387 KB)
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.