Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004114
En el supuesto planteado, el contribuyente deberá declarar, de un lado, la adquisición del suelo en 2010, por un importe de 100.000 euros, y la adquisición del vuelo en 2013 por 200.000 euros.
Artículo 65 ter, Decreto Foral 205/2008, de obligaciones tributarias formales (387 KB)
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.