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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004097

¿Qué valor unitario debe asignarse a los lingotes de oro poseídos en el extranjero?



En el caso de los lingotes de oro, por valor unitario debe tomarse el importe correspondiente al conjunto de los mismos que cada obligado a declarar tenga en el extranjero, incluso aun cuando se encuentren repartidos por distintos países.

Normativa

Artículo 65 quater, Decreto Foral 205/2008, de obligaciones tributarias formales (387 KB)

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Lingotes de oro.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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