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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004091

Las entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles, comunidades de propietarios, herencias yacentes, etc.) que no estén obligadas a llevar libros contables ¿Pueden quedar exoneradas de informar sobre los bienes y derechos que tengan registrados en su contabilidad?



Las entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles, comunidades de propietarios, herencias yacentes, etc.) pueden quedar exoneradas de la obligación de informar sobre sus bienes y derechos en el extranjero, si llevan contabilidad atendiendo a lo indicado en la normativa contable, y los registran en ella de la forma exigida al efecto en cada caso. Todo ello, aun cuando no estén obligadas a llevar libros contables, y lo hagan voluntariamente.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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