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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004088

Una sociedad mercantil vizcaína es titular de tres cuentas abiertas en el extranjero. Una de ellas tiene un saldo de referencia de 25.000 euros y se encuentra correctamente registrada en contabilidad. Las otras dos tienen un saldo de referencia de 15.000 euros, cada una, y no se están registradas en contabilidad ¿Tiene obligación de informar sobre dichas cuentas en el Modelo 720?



No, la sociedad no tendrá obligación de informar sobre las cuentas que tiene abiertas en el extranjero, en la medida en que el saldo de referencia (el mayor entre el saldo medio del último trimestre y el saldo a 31 de diciembre) del conjunto de las cuentas no exoneradas de dicha obligación no supera los 50.000 euros.

Normativa

Artículo 53 bis, Decreto Foral 205/2008, de obligaciones tributarias formales (387 KB)

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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