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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900004084

Matrimonio en régimen de separación de bienes, uno de cuyos miembros fallece antes del 31 de diciembre de 2013 siendo titular de una cuenta abierta en el extranjero con un saldo de 150.000 euros ¿Quién tiene que informar sobre dicha cuenta en el modelo 720?



En el supuesto de que el dinero de la cuenta fuera exclusivamente del cónyuge fallecido, deberá informar sobre ella la herencia yacente, si los llamados a la misma no la han aceptado aún, ni expresa ni tácitamente.

Si la herencia ya hubiera sido aceptada, tendrán que declarar la cuenta los herederos (o legatarios).

Normativa

Artículo 53 bis, Decreto Foral 205/2008, de obligaciones tributarias formales (387 KB)

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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