Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003977
La condición de beneficiario, de acuerdo con lo establecido en los artículos 53 bis y 53 ter.4.b. del Reglamento de Obligaciones Tributarias Formales, aprobado por Decreto Foral 205/2008, de 22 de diciembre, debe relacionarse única y exclusivamente con las cuentas y con las rentas temporales o vitalicias.
Normativa
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.