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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003963
Una persona física contribuyente por IRPF obtuvo un premio de la Lotería Nacional que invirtió ese mismo año en adquirir un inmueble en el extranjero. El premio quedó exento del IRPF con arreglo a lo entonces previsto en la normativa de ese impuesto, ¿debe presentar el Modelo 720 informando sobre dicho inmueble?
Sí. Siempre que no concurra ninguna causa que le exonere de la obligación de presentar declaración informativa conforme se establece en los artículos 53 bis, 53 ter, 65 ter y 65 quater del Reglamento de Obligaciones Tributarias Formales, aprobado por el Decreto Foral 205/2008, de 22 de diciembre, debe presentar el Modelo 720 con independencia de que la renta con la que se adquirieron estos bienes y derechos hubiese estado exenta o no.
Normativa
- Artículo 9.7, Norma Foral 13/2013, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Artículo 53 bis, Decreto Foral 205/2008, de obligaciones tributarias formales
- Artículo 53 ter, Decreto Foral 205/2008, de obligaciones tributarias formales
- Artículo 65 ter, Decreto Foral 205/2008, de obligaciones tributarias formales
- Artículo 65 quater, Decreto Foral 205/2008, de obligaciones tributarias formales
Más información
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
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