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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003957

El titular de acciones o participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva extranjeras que fueron adquiridas mediante comercializadoras de dichas instituciones en España o a través de representantes en España de las entidades gestoras que operan en régimen de libre prestación de servicios, ¿tiene obligación de informar sobre los mismos en el modelo 720?



No, siempre y cuando esos valores se mantengan registrados por sus titulares en dichos comercializadores o representantes que son los obligados a informar sobre los mismos en la declaración informativa (modelo 189), regulada en el artículo 50.2 del Reglamento de Obligaciones Tributarias Formales, aprobado por Decreto Foral 205/2008, de 22 de diciembre.

Normativa

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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