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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003948

Soy un residente titular de una cuenta corriente en el extranjero (no teniendo condición de titular sobre ninguna otra cuenta), y la misma ha tenido el 4 de abril de 2013 un saldo máximo de 67.000 euros. El saldo a 31 de diciembre es de 45.650 euros y el saldo medio del último trimestre es de 46.200,45 euros. ¿Debo declarar la cuenta en el modelo 720? Si cancelo la cuenta el 8 de abril de 2013, cuando tenía un saldo de 56.246,75 euros. ¿Debo informar de la cancelación en el modelo 720?



En relación con la primera de las cuestiones suscitadas hay que indicar que la cuenta no debe ser informada, ya que, aunque a lo largo del ejercicio se han superado los 50.000 euros, ni el saldo medio del último trimestre ni el saldo a 31 de diciembre superan ese importe. En relación con la segunda de dichas cuestiones, señalar que no debe informar sobre la cancelación de la cuenta, ya que no ha tenido obligación de presentar la declaración informativa por cuentas bancarias con anterioridad.

Normativa

Artículo 53 bis, Decreto Foral 205/2008, de obligaciones tributarias formales

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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