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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003938

Una persona física o entidad residente en Bizkaia, titular de una cuenta bancaria en el extranjero cancelada en 30/12/2013 con saldo superior a 50.000 euros a dicha fecha, ¿debe informar sobre la misma en el modelo 720?



No, no debe informar sobre dicha cuenta, al no existir tal obligación a 31/12/2013.

Normativa

Artículo 53 bis, Decreto Foral 205/2008, de obligaciones tributarias formales

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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