Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003937
Sí, en tanto y cuanto son entidades en régimen de atribución de rentas y, por consiguiente, obligadas a presentar dicho modelo informativo, si tienen bienes y derechos en el extranjero sujetos a la obligación de informar.
Los herederos o legatarios, por su parte, deberán informar sobre los bienes y derechos en el extranjero a partir de que se produzca la aceptación tácita o expresa de la herencia.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.