Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003936
Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2018
Si, las personas físicas residentes en Bizkaia, acogidas al régimen fiscal de trabajadores desplazados, están obligadas a formular la declaración de bienes y derechos en el extranjero. Su cónyuge e hijos residentes en Bizkaia, , podrían estar sujetos también a presentar dicha declaración informativa, en su caso.
NFGT. IRPF. Régimen especial para trabajadores y trabajadoras desplazadas.
Cuestión
Una persona física residente en Bizkaia tributa en el régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español y desea conocer si está obligado a presentar el Modelo 720, ya que en su país de origen y en países terceros cuenta con bienes que cumplen con las características y límites del referido Modelo 720, de bienes y derechos en el extranjero.
Solución
De acuerdo con el artículo 56. bis de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el régimen especial para trabajadores y trabajadoras desplazadas se aplica a las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en Bizkaia como consecuencia de su desplazamiento a territorio español, que podrán optar por tributar de acuerdo con el régimen especial previsto en este artículo durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cinco períodos impositivos siguientes.
Por tanto los contribuyentes tributan en un régimen especial que parte de su consideración como residentes y por ello debe presentar el Modelo 720, que obliga, de acuerdo con la disposición adicional vigesimoséptima de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia y su desarrollo reglamentario a las personas físicas y jurídicas residentes en el Territorio Histórico de Bizkaia, los establecimientos permanentes en dicho Territorio de personas o entidades no residentes y las entidades a que se refiere el apartado 3 del artículo 34 de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia.
Respuesta válida aplicando la normativa vigente hasta: 31/12/2017
No, las personas físicas residentes en Bizkaia, acogidas al régimen fiscal de trabajadores desplazados, no están obligadas a formular la declaración de bienes y derechos en el extranjero. Sin embargo, su cónyuge e hijos residentes en Bizkaia, al no hacerse extensivo a los mismos ese régimen especial, podrían estar sujetos a presentar dicha declaración informativa.
Fecha: 15.11.2013
Referencia: En Bizkaia
Cuestión:
¿Quiénes tienen que presentar el Modelo 720, de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero ante la Hacienda Foral de Bizkaia?
Solución
Deben presentar el Modelo 720, de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero ante la Hacienda Foral de Bizkaia las siguientes personas o entidades:
Régimen de trabajadores desplazados en entidades situadas en territorio español
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.