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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003931

¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 720?



Con carácter general, están obligados a presentar el modelo 720:

  • Las personas físicas y jurídicas residentes en Bizkaia,
  • Los establecimientos permanentes en Bizkaia de personas o entidades no residentes,
  • Las entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, comunidades de propietarios, sociedades civiles, herencias yacentes,...),

que, en su condición -según el caso- de titulares formales o reales, representantes, autorizados, beneficiarios, tomadores, usufructuarios o apoderados, dispongan de bienes y derechos situados o registrados en el extranjero, cuyo valor conjunto o unitario (en el caso de los bienes y derechos muebles) fuera superior a 50.000 euros (o a 20.000 euros respecto del que determinó la presentación de la última declaración de este modelo 720)

Normativa

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Obligados a declarar el modelo 720


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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