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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003649

Disconformidad con el valor catastral



El valor catastral se calcula aplicando las ponencias de valores vigentes en cada municipio. Primero se calcula el valor de todo el edificio y luego se reparte el valor del edificio entre todos los elementos en función a su coeficiente de participación, según aparece en las escrituras. Sólo en algunos casos residuales el valor catastral se reparte en función de la superficie del elemento.

Es un método reglado que se basa en la información contenida en la base de datos catastral. Por lo tanto, si un contribuyente quiere presentar un recurso sobre el valor catastral, deberá motivarlo y aportar documentación que acredite el recurso.

Ejemplos de documentación a aportar:

  • Desacuerdo con los coeficientes de participación: Escrituras
  • Desacuerdo con el uso:
    • Si se ha realizado un cambio de uso en el elemento;

      1. Planos firmados por técnico competente del estado final del local
      2. Fotocopia de escrituras de cambio de uso (*)

        (*) En el caso de no disponer de escrituras de cambio de uso, se deberá presentar:

        • Certificado final de obra visado
        • Licencia de obras o licencia de habitabilidad del Ayuntamiento
    • Si no se ha realizado un cambio de uso:
      • Certificado municipal del usos reclamado
      • Fotografías
  • Desacuerdo con la superficie:

    Plano firmado por técnico competente

    Cabe recordar, que la superficie catastral no es en ningún caso la que aparece en las escrituras, sino la superficie construida que comprueba el catastro en base a lo reflejado en la documentación de la obra nueva.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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