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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003410

¿Se giran intereses de demora con la declaración complementaria en el procedimiento de comprobación de valor y tasación pericial contradictoria?



Con la liquidación complementaria por comprobación de valores se girarán intereses de demora por la parte no pagada, desde la fecha de fin de plazo de presentación de la autoliquidación hasta la fecha del Acuerdo de Liquidación (art. 26.5 NFGT 2/2005).

En caso de impugnación de la valoración (procedimiento de TPC), Recurso de Reposición o Reclamación Económico-Administrativa, se generarán intereses de demora:

  • En caso de desestimación sin que haya habido ingreso previo.

    desde la fecha de fin de plazo de presentación de la autoliquidación hasta la fecha del Acuerdo Desestimatorio (párrafo tercero del art. 26.6 de la NFGT 2/2005).

    Al ser una impugnación de la valoración (TPC), será desestimatoria si se confirma el valor comprobado (para el caso de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana si se confirma el Valor Mínimo Atribuible).

  • En caso de estimación parcial.

    El resultado final es una cantidad a ingresar intermedia entre lo autoliquidado y la liquidación complementaria por comprobación de valores.

    Desde la fecha de fin de plazo de presentación de la autoliquidación hasta la fecha del Acuerdo de Liquidación (liquidación complementaria por comprobación de valores).

    Al ser una impugnación de la valoración (TPC), será una estimación parcial si no se confirma el valor comprobado (para el caso de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, si no se confirma el Valor Mínimo Atribuible).

  • En caso de estimación total.

    No hay intereses de demora, porque se confirma que la autoliquidación era correcta.

Interés legal del dinero y de demora

Finalizado el procedimiento, se verá si ha habido pago previo y cuál es la cantidad final a ingresar:

  • Si se ha ingresado en exceso, se devolverá la diferencia por ese exceso con intereses de demora.
  • Si se ha ingresado de menos, se exigirá la diferencia por ese defecto con intereses de demora.

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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