Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003278
El artículo 27.1.e) del Decreto Foral 125/2019 (Reglamento de Recaudación) establece que la solicitud de aplazamiento tiene que contener necesariamente la orden de domiciliación.
Por consiguiente, los aplazamientos concedidos van domiciliados, y no se emitirán cartas de pago con carácter general.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.