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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003269

Cuando un Inmueble pertenece a varias personas , ¿Se puede dividir el recibo en función de su porcentaje de titularidad?



Sí, si se cumplen ciertos requisitos (las condiciones que establece la Norma Foral 4/2016, de 18 de mayo, de IBI). El recibo de IBI se puede desglosar en otros tantos recibos en función del porcentaje de titularidad, de este modo a cada titular se le remitirá la parte de cuota del IBI que le corresponde pagar según su porcentaje de titularidad sobre el elemento.

Consideraciones a tener en cuenta

  • El desglose se efectuará a petición de parte mediante un escrito dirigido a la sección de Tributos locales solicitando que se desglose el recibo y se emita uno a cada titular en función de su porcentaje. Bastará con que esté firmado por cualquiera de las personas propietarias. El escrito podrá presentarse en cualquiera de los registros de la Diputación Foral de Bizkaia o a través de la sede electrónica.
    • La solitud se podrá realizar en cualquier momento del año.
    • Con carácter general, la división de la cuota tributaria surtirá efectos en el ejercicio impositivo siguiente a aquel en el que se solicita.
    • No obstante, lo anterior, si se solicita en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de mayo, la solicitud surtirá efecto en el periodo impositivo en el que se solicita.
  • No podrá dividirse la cuota tributaria en aquellos supuestos que, como consecuencia de la misma resulten cuotas inferiores a una cuota mínima:
    • Se estará a la cuota mínima establecida en la Ordenanza del municipio en el que esté situado el inmueble. En el caso de que el ayuntamiento haya delegado su gestión a la Diputación Foral de Bizkaia, esta será de 6 euros.
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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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