Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900003016
Las deudas que hayan sido declaradas créditos incobrables por insolvencia de todos los obligados al pago, se extinguirán si, vencido el plazo de prescripción no hubieran sido rehabilitadas por solvencia sobrevenida de cualquiera de ellos.
La declaración de incobrable de un crédito posibilitará su baja en cuentas.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.