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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002926

Un matrimonio firmó un contrato de compraventa de una vivienda en construcción. Durante varios años realizaron diversas entregas al promotor, habiendo practicado las oportunas deducciones por inversión en vivienda habitual. Posteriormente se divorcian y deciden resolver el contrato de compraventa, motivo por el cual pierden los 42.000 € entregados a la empresa promotora, a cuenta de la compra de la vivienda.



Las cantidades entregadas a la sociedad promotora se deben considerar destinadas a fines distintos de la adquisición de vivienda, al no haber llegado a adquirir el inmueble en cuestión. Por ello, perderá el derecho a las deducciones practicadas sobre dichas cantidades, que deberá devolver junto con sus correspondientes intereses de demora.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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