Estimación Directa Normal: Esta modalidad será aplicable por defecto, es decir, cuando el contribuyente no haya optado por otra modalidad de estimación.
Estimación Directa Simplificada: Para aplicar la modalidad de Estimación Directa Simplificada deberá optar expresamente. La opción deberá realizarse a través del modelo 036/037 de declaración censal entre los días 2 de enero y 25 de abril del año en la que deba de surgir efecto; excepto en el caso de inicio de la actividad, en el que la opción deberá efectuarse en el plazo de un mes a partir del comienzo de la misma.