Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002892
De acuerdo con el convenio firmado entre España y Francia, son trabajadores fronterizos los que justifiquen esta cualidad mediante el documento fronterizo creado por acuerdo particular entre los Estados. Estos trabajadores están sometidos a imposición, por los sueldos, salarios y otras remuneraciones que perciban por este concepto, únicamente en el Estado del que sean residentes, en este caso en Francia.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.